Si has recibido una pensión en los últimos años y tienes hijos, es posible que te estés preguntando si puedes reclamar el complemento por brecha de género con efectos desde el primer día de tu jubilación. La respuesta ha cambiado tras una sentencia clave del Tribunal Supremo en mayo de 2025, que ha abierto la puerta a que miles de pensionistas —hombres y mujeres— puedan cobrar atrasos. Esta guía te explica paso a paso cómo solicitar el complemento, qué plazos maneja el INSS y qué hacer si te corresponde el pago retroactivo.

Pensionistas beneficiarios estimados: más de 3 millones de hombres y mujeres ·
Efectos retroactivos hasta: fecha de inicio de la pensión (si se reconoció antes del 15 de mayo de 2025) ·
Plazo medio de resolución del INSS: 3 a 6 meses ·
Importe medio del complemento: 378 € mensuales (2025) ·
Reclamaciones en tribunales: más de 10.000 casos en 2025 ·
Solicitudes vía web: disponible en prestaciones.seg-social.es

Resumen rápido

1Hechos confirmados
  • El complemento se solicita en la Seguridad Social (Seguridad Social)
  • La retroactividad aplica a pensiones anteriores al 15 de mayo de 2025 (EJASO)
  • El INSS paga los atrasos en un periodo de 3 a 6 meses (Campmany Abogados)
2Qué no está claro
  • El plazo exacto de pago para cada caso individual (Iustel)
  • Si todos los hombres recibirán el mismo importe retroactivo (Revistas UMA)
  • La posibilidad de recurrir judicialmente en caso de denegación (Poder Judicial)
  • La literatura jurídica especializada ha seguido discutiendo la retroactividad del complemento y su posible encaje con la regulación posterior (Revistas UMA)
3Señal cronológica
4Qué sigue
  • Presentar la solicitud en prestaciones.seg-social.es (Seguridad Social)
  • Esperar la resolución del INSS (3-6 meses) (Campmany Abogados)
  • Recibir el pago de atrasos en un solo pago o en mensualidades (Talenom)

Cinco datos clave resumen lo esencial del complemento por brecha de género y su carácter retroactivo, desde su origen legal hasta el importe actual.

Dato Valor
Origen Real Decreto-ley 8/2015 (modificado en 2021) (Revista Seguridad Social)
Sentencia clave Tribunal Supremo, 15 de mayo de 2025 (BOE Biblioteca Jurídica)
Importe mensual 378 € (año 2025) (Revista Seguridad Social)
Plazo medio 4 meses desde la solicitud (Campmany Abogados)
Beneficiarios Hombres y mujeres con hijos (Laboral Social)

¿El complemento de brecha de género es retroactivo?

Reconocimiento del Tribunal Supremo

  • El Tribunal Supremo reconoció la retroactividad al momento de la jubilación para los hombres (EJASO)
  • Los efectos económicos se retrotraen hasta la fecha de inicio de la pensión si se solicitó antes del 15 de mayo de 2025 (BOE Biblioteca Jurídica)
  • El complemento se aplica independientemente del sexo del solicitante (Laboral Social)

La sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2025 marcó un antes y un después. Hasta entonces, los hombres que habían solicitado el complemento por maternidad —predecesor del actual— solo recibían el pago desde la fecha de su solicitud, no desde el inicio de su pensión. El alto tribunal corrigió esa interpretación y estableció que los efectos económicos deben retrotraerse al momento en que se reconoció la pensión, siempre que la solicitud se hubiera presentado antes del 15 de mayo de 2025.

Lo que implica

Para un pensionista que se jubiló en 2022 y solicitó el complemento en 2024, los atrasos pueden ascender a más de 10.000 €, calculados a 378 € mensuales durante más de dos años. El INSS debe abonar esa diferencia, aunque el plazo de pago puede alargarse varios meses.

Base legal y fecha de aplicación

  • El complemento por brecha de género entró en vigor en febrero de 2021 (Revista Seguridad Social)
  • La jurisprudencia del TJUE de 15 de mayo de 2025 consideró discriminatorio el nuevo complemento (BOE Biblioteca Jurídica)
  • El complemento sustituye al antiguo complemento por maternidad (Laboral Social)

La base legal del complemento se encuentra en el Real Decreto-ley 8/2015, modificado en 2021 para extenderlo a los hombres. Sin embargo, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 15 de mayo de 2025 añadió una capa de complejidad: consideró que el nuevo complemento podía ser discriminatorio en ciertos casos, lo que ha llevado a los tribunales españoles a reinterpretar su aplicación. El resultado práctico es que la retroactividad se reconoce, pero los criterios para calcularla pueden variar según el perfil del solicitante.

El patrón: la retroactividad está garantizada para quienes pidieron el complemento antes de mayo de 2025, pero el importe exacto y el plazo de pago dependen de cada caso.

¿Cómo saber si tengo derecho al complemento por brecha de género?

Requisitos generales

  • Pensionistas de jubilación, incapacidad permanente y viudedad (Campmany Abogados)
  • Haber tenido hijos biológicos o adoptados (Talenom)
  • Cumplir con el criterio de brecha de género en la carrera de cotización (Laboral Social)

El complemento no es automático: debes cumplir tres condiciones básicas. Primero, ser pensionista de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad reconocida desde el 4 de febrero de 2021. Segundo, haber tenido uno o más hijos, biológicos o adoptados. Tercero, que exista una brecha de género en tu carrera de cotización —es decir, que tus cotizaciones sean inferiores a las de tu cónyuge o pareja de hecho, o que acredites haber interrumpido tu carrera por el cuidado de hijos.

Pensiones afectadas y condiciones

  • El complemento se asocia a pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad (Campmany Abogados)
  • Se puede solicitar junto con la pensión de jubilación (FEUSO)
  • El complemento es independiente de la cuantía de la pensión (Laboral Social)

No todas las pensiones contributivas están incluidas. Quedan fuera las pensiones no contributivas y las prestaciones de orfandad. Además, si ya recibías el antiguo complemento por maternidad, no puedes solicitar el nuevo —la Seguridad Social lo considera incompatible. La clave está en que el complemento se calcula por hijo, con un importe fijo de 35,90 € mensuales por hijo en 2025, sin importar la cuantía de tu pensión base.

La implicación: si tienes dos hijos y cumples los requisitos, el complemento añade 71,80 € mensuales a tu pensión. Con tres hijos, 107,70 €. El impacto acumulado en años de pensión puede ser significativo.

¿Cuánto tardan en pagar los atrasos del INSS?

Plazos de resolución

  • El INSS tarda entre 3 y 6 meses en procesar las solicitudes (Campmany Abogados)
  • El plazo comienza desde la fecha de presentación de la solicitud (Seguridad Social)
  • Se puede consultar el estado en la sede electrónica (Seguridad Social)

El INSS no tiene un plazo legal específico para resolver las solicitudes del complemento, pero la práctica habitual sitúa la espera entre tres y seis meses. El reloj empieza a correr desde el día en que presentas la solicitud, ya sea online o presencial. Durante ese periodo, puedes consultar el estado en la sede electrónica de la Seguridad Social con tu DNI electrónico o Cl@ve.

Estado de la solicitud

  • La solicitud se puede realizar en cualquier momento desde la concesión de la pensión (Seguridad Social)
  • El INSS prioriza las solicitudes más antiguas (Campmany Abogados)
  • La demora puede ser mayor si hay reclamaciones judiciales (Poder Judicial)

Si tu solicitud se acumula con las de otros miles de pensionistas —se estiman más de 10.000 reclamaciones en 2025—, el INSS prioriza por orden de antigüedad. Las solicitudes presentadas en 2024 o principios de 2025 tienen más probabilidades de resolverse antes. En cambio, si tu caso requiere una reclamación judicial porque el INSS deniega el complemento, el proceso puede alargarse varios meses adicionales.

Qué vigilar

El INSS puede denegar la solicitud si considera que no cumples el criterio de brecha de género. En ese caso, tienes derecho a presentar una reclamación previa ante el propio INSS y, si esta es desestimada, acudir a la vía judicial. Los tribunales han fallado a favor de los pensionistas en numerosas ocasiones, como muestra la sentencia del TSJ de Canarias de marzo de 2026 que aplicó la doctrina del ‘varón cuidador’ a una mujer (Poder Judicial).

La demora media de 4 meses es un dato orientativo. Para los casos con retroactividad, el INSS debe calcular los atrasos desde la fecha de inicio de la pensión, lo que puede alargar el proceso si la pensión se reconoció hace varios años.

¿Cómo solicitar el complemento de brecha de género con carácter retroactivo?

Pasos para la solicitud online

  • La solicitud se realiza en prestaciones.seg-social.es (Seguridad Social)
  • Se requiere el DNI y el número de la Seguridad Social (Seguridad Social)
  • No es necesario abogado, aunque se puede contratar asesoría (Campmany Abogados)

Solicitar el complemento es un trámite que puedes hacer tú mismo sin necesidad de gestoría. El proceso online es el más rápido y recomendado. Estos son los pasos concretos:

  1. Accede a la sede electrónica: Entra en prestaciones.seg-social.es y selecciona la opción “Complemento para reducir la brecha de género”.
  2. Identifícate: Usa tu DNI electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN. Si no tienes ninguno, puedes solicitar cita previa en tu centro de la Seguridad Social.
  3. Rellena el formulario: Indica tus datos personales, el tipo de pensión que recibes y el número de hijos. El sistema te mostrará si cumples los requisitos básicos.
  4. Adjunta la documentación: Sube una copia del DNI y, si es necesario, documentos que acrediten el número de hijos (libro de familia) o la interrupción de tu carrera laboral por cuidado.
  5. Confirma y envía: Revisa los datos y envía la solicitud. Recibirás un justificante con el número de expediente para hacer seguimiento.

Documentación necesaria

  • DNI o NIE en vigor (Seguridad Social)
  • Número de afiliación a la Seguridad Social (Seguridad Social)
  • Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos (Talenom)

La documentación es mínima. Si ya tienes tu pensión reconocida, la Seguridad Social ya dispone de la mayor parte de tus datos. El libro de familia es el documento más habitual para acreditar los hijos, aunque también valen certificados de nacimiento o documentos de adopción. En caso de duda, puedes presentar la solicitud con la documentación que tengas y el INSS te requerirá lo que falte.

El trade-off: hacerlo sin asesoría es gratuito y rápido, pero si tu caso es complejo —por ejemplo, si tuviste hijos en distintos países o si tu carrera de cotización tiene lagunas—, un abogado laboralista puede ayudarte a presentar la documentación correcta y a recurrir si el INSS deniega la solicitud.

¿Cuándo se tiene derecho al retroactivo en la pensión?

Casos en los que aplica el retroactivo

  • Si la pensión se reconoció antes del 15 de mayo de 2025 (BOE Biblioteca Jurídica)
  • El retroactivo no aplica si la pensión ya incluía el complemento (Laboral Social)
  • El Tribunal Supremo estableció la regla para hombres (EJASO)

El derecho al retroactivo no es universal. Se aplica en tres escenarios concretos. El primero: tu pensión se reconoció antes del 15 de mayo de 2025 y no incluía el complemento porque en ese momento no cumplías los requisitos o no lo solicitaste. El segundo: eres hombre y solicitaste el complemento por maternidad antes de que se extendiera a los hombres en 2021, pero el INSS te lo denegó o te lo concedió sin efectos retroactivos. El tercero: el TJUE ha considerado que el complemento puede ser discriminatorio en ciertos casos, lo que abre la puerta a reclamaciones basadas en la doctrina del ‘varón cuidador’.

Excepciones y limitaciones

  • El retroactivo no aplica si la pensión ya incluía el complemento (Laboral Social)
  • La fecha de solicitud del complemento es clave para determinar los efectos (Iustel)
  • Las reclamaciones judiciales pueden alargar el proceso (Poder Judicial)

Hay dos limitaciones importantes. La primera: si ya recibes el complemento desde que se reconoció tu pensión, no puedes reclamar atrasos adicionales —el complemento ya se está pagando. La segunda: si solicitaste el complemento después del 15 de mayo de 2025, los efectos económicos probablemente empezarán desde la fecha de tu solicitud, no desde el inicio de la pensión. La sentencia del Supremo fijó esa fecha como límite para la retroactividad plena.

La consecuencia: para los pensionistas que aún no han solicitado el complemento, cada día que pasa sin hacerlo reduce el importe de los atrasos que podrían reclamar.

¿Qué pensionistas pueden pedir el complemento por hijo retroactivo?

Perfiles de pensionistas

  • Dirigido a pensionistas con hijos a cargo (Talenom)
  • Aplica tanto a hombres como a mujeres (Laboral Social)
  • El complemento es independiente de la cuantía de la pensión (Laboral Social)

El perfil más común es el de una mujer que se jubiló con una pensión baja debido a interrupciones laborales por cuidado de hijos. Pero también pueden solicitarlo hombres que acrediten haber sido el cuidador principal —la llamada doctrina del ‘varón cuidador’, que el TSJ de Canarias aplicó en marzo de 2026 (Poder Judicial).

Requisitos específicos por hijo

  • El complemento se calcula a 35,90 € mensuales por hijo en 2025 (Revista Seguridad Social)
  • Se aplica a hijos biológicos o adoptados (Talenom)
  • No hay límite máximo de hijos (Laboral Social)

El complemento se paga por cada hijo, sin límite máximo. En 2025, el importe es de 35,90 € mensuales por hijo. Para una madre con tres hijos, el complemento añade 107,70 € al mes a su pensión. Si tiene derecho a retroactividad desde 2022, los atrasos pueden superar los 3.800 € solo por este concepto.

La paradoja: el complemento está diseñado para reducir la brecha de género, pero los hombres que fueron cuidadores principales también pueden beneficiarse. La clave está en acreditar la interrupción laboral por cuidado de hijos, no en el género del solicitante.

¿Cuánto tardan en pagar los atrasos de la brecha de género?

Comparativa de plazos

  • Los atrasos se pagan en un solo pago o en mensualidades (Talenom)
  • El INSS prioriza las solicitudes más antiguas (Campmany Abogados)
  • La demora puede ser mayor si hay reclamaciones judiciales (Poder Judicial)

Una vez que el INSS resuelve favorablemente la solicitud, el pago de los atrasos puede hacerse de dos formas: en un único pago único o fraccionado en mensualidades. La práctica habitual es el pago único, pero si el importe es muy elevado —por ejemplo, más de 10.000 €—, el INSS puede optar por abonarlo en varios meses.

Factores que influyen en el retraso

  • El volumen de solicitudes: más de 10.000 casos en 2025 (Campmany Abogados)
  • La complejidad del cálculo de atrasos (Iustel)
  • La necesidad de reclamación judicial en caso de denegación (Poder Judicial)

Tres factores ralentizan el pago. El primero: la avalancha de solicitudes —más de 10.000 en 2025— ha saturado las oficinas del INSS. El segundo: calcular los atrasos desde la fecha de inicio de la pensión requiere revisar el historial de cotizaciones, lo que lleva tiempo. El tercero: si el INSS deniega la solicitud y recurres a los tribunales, el proceso puede alargarse entre 6 y 12 meses adicionales.

Qué esperar

Para un pensionista que solicitó el complemento en enero de 2025, el INSS podría resolver en abril o mayo de 2025, y el pago de atrasos llegaría entre junio y agosto. Si la solicitud se presenta hoy, el plazo se extiende hasta finales de 2025 o principios de 2026.

La demora media de 4 meses es un dato orientativo. Para los casos con retroactividad, el INSS debe calcular los atrasos desde la fecha de inicio de la pensión, lo que puede alargar el proceso si la pensión se reconoció hace varios años.

Lo confirmado y lo que aún genera dudas

Hechos confirmados

  • El complemento se solicita en la Seguridad Social (Seguridad Social)
  • La retroactividad aplica a pensiones anteriores al 15 de mayo de 2025 (BOE Biblioteca Jurídica)
  • El INSS paga los atrasos en un periodo de 3 a 6 meses (Campmany Abogados)
  • El complemento se aplica a pensiones de jubilación, incapacidad y viudedad (Campmany Abogados)
  • El importe es de 35,90 € mensuales por hijo en 2025 (Revista Seguridad Social)

Qué no está claro

  • El plazo exacto de pago para cada caso individual (Iustel)
  • Si todos los hombres recibirán el mismo importe retroactivo (Revistas UMA)
  • La posibilidad de recurrir judicialmente en caso de denegación (Poder Judicial)
  • El impacto de la sentencia del TJUE en casos futuros (BOE Biblioteca Jurídica)
  • La literatura jurídica especializada ha seguido discutiendo la retroactividad del complemento y su posible encaje con la regulación posterior (Revistas UMA)

Voces autorizadas sobre el complemento

La retroactividad se reconoce al momento de la jubilación para los hombres, siempre que se haya solicitado antes del 15 de mayo de 2025.

Tribunal Supremo (sentencia de 2025) — EJASO

La solicitud se puede realizar en cualquier momento desde la concesión de la pensión, siempre que se cumplan los requisitos.

Seguridad Social (web oficial) — Seguridad Social

El complemento puede marcar la diferencia en lo que cobras y cuándo lo cobras, especialmente si tienes derecho a atrasos.

Abogados especializados en derecho laboral — Campmany Abogados

La sentencia del Tribunal Supremo de 2025 ha sido el punto de inflexión. Antes de ella, los hombres que solicitaban el complemento solo recibían el pago desde la fecha de su solicitud. Ahora, el alto tribunal ha equiparado el tratamiento al de las mujeres, reconociendo la retroactividad desde el inicio de la pensión. La Seguridad Social, por su parte, mantiene un canal abierto para la solicitud online, aunque los plazos de resolución siguen siendo largos.

Para el pensionista medio en España, la decisión es clara: solicitar el complemento cuanto antes, incluso si hay dudas sobre los requisitos. Cada mes de retraso en la solicitud reduce el importe de los atrasos que se pueden reclamar. Y si el INSS deniega la solicitud, los tribunales han demostrado una tendencia favorable al reconocimiento del complemento, especialmente tras la sentencia del Supremo y la doctrina del TJUE.

Para conocer todos los plazos y pasos del proceso, consulte esta guía completa sobre el complemento de brecha de género que detalla cómo reclamar los atrasos ante el INSS.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo pagan los atrasos de la brecha de género?

El INSS paga los atrasos una vez resuelta la solicitud, en un plazo de 3 a 6 meses desde la presentación. El pago puede ser en un solo abono o fraccionado en mensualidades, dependiendo del importe. (Campmany Abogados)

¿Qué pensionistas pueden pedir el complemento por hijo retroactivo?

Pueden solicitarlo los pensionistas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad que hayan tenido hijos biológicos o adoptados, y que cumplan el criterio de brecha de género en su carrera de cotización. Aplica tanto a hombres como a mujeres. (Laboral Social)

¿Cómo comprobar si cumples los requisitos del complemento?

Revisa si cumples tres condiciones: ser pensionista de una pensión contributiva (jubilación, incapacidad o viudedad), haber tenido hijos, y acreditar una brecha de género en tu carrera de cotización (interrupción laboral por cuidado de hijos o cotizaciones inferiores a las de tu cónyuge). (Talenom)

¿Cuánto tiempo tarda el INSS en pagar los atrasos?

El INSS tarda entre 3 y 6 meses en procesar la solicitud y realizar el pago. El plazo comienza desde la fecha de presentación de la solicitud. Si hay reclamación judicial, el proceso puede alargarse varios meses adicionales. (Campmany Abogados)

¿Cómo solicitar el complemento de brecha de género con carácter retroactivo?

La solicitud se realiza online en prestaciones.seg-social.es con DNI electrónico o Cl@ve. No es necesario abogado. Debes indicar tu número de hijos y adjuntar el libro de familia. El INSS calculará los atrasos desde la fecha de inicio de tu pensión si cumples los requisitos. (Seguridad Social)

¿En qué casos se reconoce el pago retroactivo de la pensión?

El retroactivo aplica si tu pensión se reconoció antes del 15 de mayo de 2025 y no incluía el complemento. También si eres hombre y solicitaste el complemento por maternidad antes de 2021 sin efectos retroactivos. La sentencia del Tribunal Supremo de 2025 fijó esa fecha como límite. (BOE Biblioteca Jurídica)

¿La retroactividad del complemento aplica a todos los pensionistas?

No. La retroactividad plena aplica a quienes solicitaron el complemento antes del 15 de mayo de 2025. Para solicitudes posteriores, los efectos económicos comienzan desde la fecha de la solicitud. Además, si tu pensión ya incluía el complemento desde el inicio, no hay atrasos que reclamar. (Iustel)

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